Contratos de Formación

Formación Subvencionada a Empresas
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Qué es un Contrato de Formación para la Formación y el Aprendizaje

Es una modalidad de contrato laboral creado para Promover e Incentivar la Contratación de jóvenes (de 16 a 25 años), cuyo fin es que el trabajador adquiera la formación profesional específica, teórica y práctica, de un oficio en su puesto de trabajo.

El Contrato de Formación es un Contrato Bonificado en el que la empresa puede reducirse al 100% los Seguros Sociales.

¿Qué Ventajas tiene un Contrato de Formación para las Empresas?

Sin Límite: No existe un límite de Contratos por Empresa.

Sin Mantenimiento: Esta modalidad de Contrato NO exige Mantenimiento del Nivel de Empleo alcanzado con la Contratación.

Sin penalización: En caso de tener que despedir al Trabajador, esta modalidad NO EXIGE la devolución de los Beneficios aplicados en Seguridad Social o Bonificación de la Formación. Siempre y cuando el Empresario respete las obligaciones del contrato.

Salario: Salario mínimo interprofesional, en proporción al tiempo de trabajo efectivo, según lo acordado en convenio colectivo.

Coste cero: 100% bonificado en cuotas a la Seguridad Social de la empresa y el trabajador, cuando se trate de trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo, en empresas de 250 trabajadores máximo. Reducción del 75% en empresas de más de 250 trabajadores. Bonificable el coste de la formación teórica (Rigen las limitaciones de la sección I del Capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre).

Bonificación: Por la transformación de un contrato para la formación en indefinido en las cuotas empresariales de 1.500 euros anuales en caso de contratar hombres y 1.800 por la contratación de mujeres durante 3 años.

Ventajas para el autónomo: El autónomo puede contratar a su hijo y beneficiarse de las bonificaciones y reducciones. Con la peculiaridad de no tener derecho a desempleo si convive con él.

Bonificación adicional: Puede aplicar una bonificación adicional por las labores de tutorización de empresa con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En el supuesto de empresas de menos de cinco trabajadores la bonificación adicional tendrá una cuantía máxima de 2 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno.

¿Qué Ventajas tiene un contrato de formación para el Trabajador?

Edad: Para trabajadores de 16 a 25 años.

Oportunidad Laboral: Tiene una oportunidad laboral de consolidarse en una empresa y aprender una profesión desde un modelo que alterna trabajo y formación.

Formación Oficial y Gratuita: Formación en Certificado de profesionalidad, gratuita y acreditada acorde a la capacitación profesional con titulación expedida por el Ministerio de Empleo.

Prestación Desempleo: Con este tipo de contrato tiene derecho a la prestación por desempleo.

Cobertura Seguridad Social: Tiene cubiertas las mismas garantías que cualquier contrato (Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial).

Duración del Contrato: Periodo mínimo de un año prorrogable hasta 3 años (dependiendo del convenio colectivo del sector y en función a la comunidad autónoma del certificado de profesionalidad vinculado a la ocupación).

Bonificaciones e Incentivos

BONO DE EMPLEO JOVEN

Si se contrata a un Trabajador Residente en Andalucía, menor de 30 años, con titulación e inscrito en Garantía Juvenil se puede obtener hasta 4.800€ anuales adicionales.

SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL

Cuando un Trabajador esta inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil la cuantía máxima de las bonificaciones para financiar los costes formativos se eleva del 25% hasta el 50% durante el primer año, y del 15% al 25% en el segundo año y el tercer año del contrato se regula según la Orden ESS/41/2015 del 12 de enero.